Mañana, 20 de febrero, se hará realidad #PorUnaLeyJusta en el Senado

Mañana miércoles 20 de febrero se vota en el Senado la reforma del Código Penal que aumentará las penas por atropellos y la tipificación del delito de omisión de socorro, dos de las peticiones de la causa #PorUnaLeyJusta.

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Autor Maillot Redaccion Maillotmag
Autor de la fotoArchivo, Change.org

Fecha de la noticia 19/02/2019


La iniciativa #PorUnaLeyJusta está a punto de hacerse realidad. Mañana miércoles 20 de febrero se vota en el Senado el dictamen de la Comisión de Justicia sobre la Proposición de Ley Orgánica de modificación del Código Penal en materia de imprudencia en la conducción de vehículos a motor o ciclomotor y la sanción del abandono del lugar del accidente.

Esta reforma significa un aumento de las penas por atropellos y tipifica el delito de omisión de socorro para quienes huyan tras causar lesiones o muerte a ocupantes de las vías públicas y carreteras.

Mañana, 20 de febrero, se hará realidad #PorUnaLeyJusta en el Senado

Se cumplen así los objetivos por lo que Anna González ha luchado en los últimos tres años a través de su campaña en Change.org y la plataforma #PorUnaLeyJusta. Esta iniciativa contó con el apoyo de 326.000 firmas y, tal y como conocimos en la entrevista a Alfonso Triviño, secretario general de la ACP, se ha ido ganando con el tiempo y los argumentos el apoyo de todos los Grupos Parlamentarios en el Senado a excepción de Unidos Podemos.

Anna González, la cabeza visible y máxima responsable del lanzamiento y éxito de esta iniciativa, comparecerá ante la prensa mañana a las 10 de la mañana en la sede de Change.org en España antes de acudir al Senado a la votación.

Así es la reforma del código penal prevista en #PorUnaLeyJusta

La reforma del Código Penal que se firmará mañana, prevé que aquellos conductores que causen accidentes con muertos o heridos se enfrentarán hasta a nueve años de cárcel si ocasionan varios fallecidos o hasta cuatro años de prisión si abandonan el lugar del siniestro.

La reforma redefine los supuestos de imprudencia grave e imprudencia menos grave al volante: en la primera de las figuras se incluye la conducción bajo los efectos del alcohol o las drogas o con exceso de velocidad y las penas podrían elevarse uno o dos grados más si el conductor causa la muerte o lesiona a dos o más personas, de manera que el máximo sería nueve años de cárcel si el número de fallecidos fuera “muy elevado”.

Para la segunda de las figuras que se redefine, la imprudencia menos grave, será el juez el que estipule si el accidente se produjo por una infracción grave de las normas de tráfico y en caso afirmativo, los conductores que causen lesiones que requieren tratamiento médico o quirúrgico serán castigados con una multa de tres a 12 meses y hasta 18 meses si causare homicidio.

El texto incluye como novedad la creación del delito de abandono del lugar del accidente que estará penado con entre seis meses y cuatro años de prisión, y de uno a cuatro años sin conducir si el conductor huye tras causar un accidente mortal o con lesionados. Esa condena bajaría a penas de tres a seis meses de cárcel y de seis meses a dos años sin conducir si la causa del accidente fuera fortuita.

Mañana, 20 de febrero, se hará realidad #PorUnaLeyJusta en el Senado

¿Cómo era la legislación hasta ahora?

Con la anterior regulación penal, el 90% de los accidentes quedaban impunes incluso se si se causaba la muerte al ser considerado supuesto de "imprudencia leve", que fue despenalizada en 2015. Una vez sea aprobada la reforma, de facto los accidentes en los que se infrinja una norma de tráfico considerada como infracción grave y se provoquen lesionados o fallecidos, volverá existir sanción penal.

El catálogo de infracciones graves viene detallado en la Ley de Seguridad Vial y el Reglamento General de Circulación. Son tales como causar víctimas tras saltarse semáforos, ceda el paso, por infringir normas sobre la prioridad de paso de peatones y vehículos o por adelantamiento antirreglamentario (alcance a ciclistas o lesionarles por no respetar el conocido metro y medio o sacarle de la vía al circular en sentido contrario).

En la actualidad, el delito de omisión del deber de socorro no aplicaba si la persona atropellada fallecía en el momento o estaba siendo atendida por otras personas. Con la reforma, quien se fugue tras atropellar y matar o dejar herida a una persona será delito en todo caso.

Asimismo, con el Código Penal actual, la pena máxima en los supuestos extremos (incluso matar a varias personas bajo la influencia de alcohol y/o drogas) está limitada a un máximo de cuatro años. Esta regla se desbloqueará cuando exista más de un fallecido o un fallecido y lesionados de carácter invalidante pudiéndose ampliar las penas de prisión en un grado (hasta 6 años) o en dos grados (hasta 9 años) si los fallecidos fueran "muchos".

Desde Maillotmag, mañana seguiremos, puntualmente, la evolución de la votación de #PorUnaLeyJusta.

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